CONFORMACION
COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
El día 15
de Agosto de 2012 en las instalaciones de la XXXXXXXXXXX se reunió la
representante legal y sus trabajadores para conformar el comité de Convivencia
Laboral dando cumplimiento a la resolución 00000652 de 30 de abril de 2012, y a
la Resolución 1356 de 2012 la cual modifica la anterior Resolución de comités
de convivencia laboral, y a las exigencias del Ministerio de Protección Social,
así como lo dispuesto en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST). El periodo de los miembros del comité de convivencia es de
dos años (2), la empresa deberá garantizar
un espacio físico para las reuniones al menos (1) una vez al mes y demás actividades del Comité de Convivencia
Laboral, así como para el manejo reservado de la documentación y realización
actividades de capacitación para los miembros del Comité sobre la resolución de
conflictos, comunicación asertiva y otros temas considerados prioritarios para
el funcionamiento del mismo.
En reunión del equipo
laboral de la XXXXX se designó el cargo de Comité de Convivencia Laboral, principal
y suplente.
Principal
NOMBRE:
C.C.
FIRMA: _________________________
Suplente
NOMBRE:
C.C.
FIRMA: _______________________
Funciones del Comité de Convivencia Laboral:
1. Recibir y dar
trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan
constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
2. Examinar de manera
confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o
reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al
interior de la entidad pública o empresa privada.
3. Escuchar a las
partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la
queja.
4. Adelantar reuniones
con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas,
promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las
controversias.
Funciones del Presidente del Comité
de Convivencia Laboral:
1. Convocar a los miembros del Comité a las sesiones
ordinarias y extraordinarias.
2. Presidir y orientar las reuniones ordinarias y
extraordinarias en forma dinámica y eficaz.
3. Tramitar ante la administración de la entidad pública
o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el Comité.
4. Gestionar ante la alta dirección de la entidad
pública o empresa privada, los recursos requeridos para el funcionamiento del
Comité.
Funciones Secretaria del Comité de Convivencia Laboral:
1.
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que se
describan las situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las
pruebas que las soportan.
2.
Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del Comité la convocatoria
realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y extraordinarias,
indicando el día, la hora y el lugar de la reunión.
3.
Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con
el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.
4.
Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin de
establecer compromisos de convivencia.
5.
Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar
por la reserva, custodia y confidencialidad de la información.
6.
Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del Comité.
Reuniones: El
Comité de Convivencia Laboral se reunirá ordinariamente por lo menos una (1)
vez al mes, sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y
extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata
intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes.
________________________________
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
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